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Vacío legal.

Proponen regular actuaciones del Acuerdo de Unión Civil sujetas a impuestos.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Hacienda del Senado.

5 de noviembre de 2015

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que dada la relevancia que el nuevo marco jurídico regulado por la Ley N° 20.830, que crea el Acuerdo de Unión Civil, tendrá para nuestra sociedad, se hace necesario modificar algunas disposiciones al Decreto con Fuerza de Ley N° 1.282 de 1975, del Ministerio de Hacienda, establece el monto de impuestos y exenciones en actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Observa luego que el citado D.F.L. no contempla normas relativas a la celebración de un acuerdo de unión civil, por tanto, requiere que a través de esta iniciativa se determina aquellas actuaciones que estén exentas del pago de impuestos, así como aquellas que se encuentran gravadas, indicando sus respectivos valores, con el objeto de equipararlas a aquellas actuaciones relativas al matrimonio.

Por tales razones, el proyecto propone modificar los N°s. 1, letra A, y 2, letra B, del referido decreto con fuerza de ley N° 1.282, indicando respecto de las actuaciones que se deriven de la celebración de un acuerdo de unión civil, aquellas que se encuentran gravadas y los montos de los correspondientes impuestos y las que están exentas del pago de gravámenes.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Hacienda del Senado.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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