Noticias

Congrio Dorado.

CS rechazó reclamación y confirma multa a empresa pesquera por exceder cuota de captura.

La Corte Suprema concluye confirmando la multa por 3.515,967 UTM que debe pagar la empresa Pesca Chile.

12 de noviembre de 2015

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de apelación y confirmó sentencia que ordena a la empresa Pesca Chile S.A. pagar una multa de 3.515 UTM (unidades tributarias mensuales) por sobrepasar en más de 33 toneladas la cuota asignada de captura de la especie congrio dorado, infracción cometida entre el 20 de octubre y el 30 de noviembre de 2013, por barco «Puerto Ballena».

Al efecto, cabe recordar que, en su oportunidad, la sentencia de la Corte de Coyhaique expresó que “queda meridianamente claro que la empresa sancionada, Pesca Chile S.A., capturó 33,39 toneladas de Congrio Dorado en exceso de la cuota o licencia con la que contaba y sin que haya acreditado que tenía derecho o autorización para pescar dicha cantidad excedida, lo que motivó la aplicación de la sanción que establece el artículo 40 B de la Ley de Pesca, por parte de la autoridad administrativa, quien, en uso de sus atribuciones legales, impuso justificadamente el castigo legal, al haberse configurado los presupuestos de la infracción de que se trata”.

Así, expone el máximo Tribunal en su sentencia que si bien la reclamante podía excederse en el volumen autorizado hasta por 40 toneladas por estar amparada por un contrato de arrendamiento sobre una licencia de pesca, lo cierto es que no acreditó frente a la autoridad tal circunstancia antes del término del período autorizado, que venció el 11 de diciembre de 2013, pues como consta en autos dicho contrato se inscribió recién el 12 de febrero de 2014. En consecuencia, al no haberse inscrito el contrato en el Registro Público que lleva la autoridad administrativa, el reclamante no podía excederse en el volumen de pesca autorizado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Pesca, antes transcrito, que en su parte pertinente establece que «los arriendos o cualquier acto que implique la cesión de derechos de las licencias de pesca»… «no serán oponibles a terceros» mientras no sean inscritos de conformidad con el presente artículo”.

De ese modo, la Corte Suprema concluye confirmando la multa por 3.515,967 UTM que debe pagar la empresa Pesca Chile, el descuento de lo capturado en exceso (33,39 toneladas de congrio dorado) de las toneladas autorizadas para el año siguiente, y una multa de 100 UTM al capitán de la nave, Hiram Benítez.

 

                                                                                                       

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Corte de Coyhaique.

 

 

 

RELACIONADOS

* CS confirmó sentencia y acoge protección en favor de trabajadores de planta pesquera…

*CS confirmó sentencia y rechazó protección contra Dirección General de Aeronáutica Civil…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *