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Fiscalización y control.

Moción propone crear registro nacional de corredores de propiedades.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, de la Cámara de Diputados.

2 de diciembre de 2015

La moción de los diputados Tuma, Becker, Bellolio, Browne, Campos, Chahin, Godoy, Lavín, Meza y Poblete, pretende crear un Registro Nacional de Corredores de Propiedades y regular el ejercicio de dicha actividad.

Al efecto, la moción expresa que, hasta el año 1977, la intermediación en materia de bienes inmuebles se encontraba normado por la Ley 7.747, del año 1943, y bajo la tutela fiscalizadora del Ministerio de Economía. Dicha norma contemplaba la inscripción obligatoria y habilitante en un Registro de Corredores de Propiedades, pero con el tiempo se liberalizó el ejercicio de algunas actividades, derogándose el registro citado en 1986.

Actualmente, prosiguen los autores de la iniciativa, no existe un registro de carácter público ni control por parte de la autoridad estatal y, por ende, cualquier persona puede realizar esta actividad, sin limitaciones ni exigencias previas.

De otro lado, los parlamentarios reconocen, asimismo, el rol que cumplen las asociaciones gremiales de corretaje de propiedades en la capacitación de sus asociados y en el control ético de la actividad, pero enfatizan que estas nada pueden hacer «frente a conductas reprochables de quienes, de manera informal, participan como agentes de corretaje sin cumplir con la idoneidad mínima para hacerlo, operando sin fiscalización alguna, prestando servicios de pésima calidad, ofreciendo propiedades que no les han sido encomendadas, reteniendo dineros dados en garantía, cobrando comisiones exorbitantes, simulando contratos o encubriendo operaciones ilícitas.

Así, a pesar de la falta de normativa aplicable, hoy, algunas leyes y regulaciones dictadas en los últimos años para garantizar la probidad pública y la transparencia de los mercados han incorporado a los corredores de propiedades, en materias como el lavado de dinero, la evasión tributaria, obligaciones de control y reserva, que suponen niveles de especialización propios de profesionales con experiencia en la materia.

Finalmente, el proyecto señala que las infracciones a estas normas las conocerán los juzgados de policía local y el infractor podrá ser sancionado con multa de 100 a 200 unidades tributarias mensuales, las que se duplicarán en caso de reincidencia.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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