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CS confirmó.

Corte de Copiapó rechaza protección contra Comisión de Evaluación Ambiental.

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema.

3 de diciembre de 2015

Se dedujo acción de protección en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, respecto de la dictación de la Resolución de Calificación Ambiental del Estudio de impacto del Proyecto Cerro Blanco, de propiedad de la SCM White Mountain Titanium.

Las recurrentes estimaron vulneradas las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 Nºs 1, 2 y 8 de la Constitución Política.

Al efecto, exponen que la citada resolución se ha dictado con infracción al artículo 16 de la Ley 19.300, toda vez que el EIA solicitado por SCM White Mountain, no se hace cargo de los efectos establecidas en el artículo 11 del mismo cuerpo normativo, específicamente los referidos al riesgo para la salud de la población y los efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos renovables, incluidos el suelo, el agua y aire, sin adoptar medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas.

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema.

En su sentencia, aduce que no puede obviarse el hecho que, desde la dictación de la Ley N° 20.600 el 28 de junio de 2012, al crear los Tribunales Ambientales, se otorga a estos la competencia para conocer de las controversias medioambientales y que  dentro de ella, se encuentra precisamente la relativa a la petición formulada en estos autos.

A mayor abundamiento, la Corte agrega que la naturaleza de las alegaciones efectuadas por las recurrentes son altamente técnicas, razón por la cual se requiere para ello de conocimientos especializados propios de los Tribunales Ambientales, los que se encuentran avocados exclusivamente a este tipo de conflictos.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 18619-2015.  

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó Rol N° 461-2015.

 

 

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