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90,9% de cumplimiento.

CPLT fiscalizó respuestas a usuarios por parte de Secretarías Regionales Ministeriales.

El CPLT publicó los resultados del proceso de fiscalización que, por primera vez, efectuó a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Educación, Vivienda y Trabajo.

24 de diciembre de 2015

El Consejo para la Transparencia publicó los resultados del proceso de fiscalización que, por primera vez, efectuó a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Educación, Vivienda y Trabajo con el fin de verificar el tratamiento y atención que entregan a las solicitudes de información que realizan los ciudadanos y, junto con ello, verificar si existen barreras que impidan a las personas tener respuesta a sus requerimientos.

Al efecto, el CPLT informó que dicho proceso fiscalizador abarcó a las 15 regiones contempló un total de 60 instituciones y se realizó en junio pasado.

Enseguida, agregó que mediante la metodología de «usuario simulado», solicitó información a dichas instituciones enviando preguntas específicas para cada uno de ellos, a través de sus banners institucionales de «Solicitud de acceso a la información» y «Transparencia Activa» o del formulario de contacto online.

De esta manera se lograron detectar los siguientes hallazgos: todas las solicitudes de acceso a la información presentadas a las SEREMI ingresaron. Hubo solo 2 SEREMI que no respondieron en el plazo legal de 20 días hábiles (Salud Los Lagos y Salud de La Araucanía); en el caso de las 58 entidades que contestaron dentro de plazo, el promedio de días de respuesta fue de 11; las SEREMI tienen centralizada la gestión de solicitudes de información (Excepto Salud); las respuestas fueron firmadas por el/la Subsecretario/a, SEREMI, o por firma delegada; ninguna institución tuvo 100% de cumplimiento; el puntaje de cumplimiento general fue de 90,9%.

Finalmente, de las 60 instituciones fiscalizadas en este proceso, 38 obtuvieron un puntaje mayor a 90% de cumplimiento (lo que representa un 63,33%). De esas, 8 alcanzaron un puntaje de 99,31%. El motivo de dicha evaluación se debe a que el formulario descargable de esas 8 instituciones contempla campos obligatorios distintos a los señalados en la Ley N° 20.285, específicamente: Persona Natural y Persona Jurídica, Dirección Postal y Electrónica a la vez.

 

 

Vea texto íntegro de la información.

 

 

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