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CS confirma multa contra Isapre por incluir a Dicom en notificación de cobranza.

La CS rechazó el recurso de apelación y confirmó resolución que multó a la Isapre Cruz Blanca por infringir la normativa sobre la notificación de cobranzas de instituciones de salud.

1 de marzo de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de apelación y confirmó resolución que multó a la Isapre Cruz Blanca por infringir la normativa sobre la notificación de cobranzas de instituciones de salud.

Al efecto, cabe recordar que la sentencia de la Corte de Santiago sostuvo en su oportunidad que la Circular IF/N° 1, de 31 de marzo de 2005, reguló el contenido de las comunicaciones que las Isapres envían a sus afiliados con motivo del ejercicio de acciones de cobranza extrajudicial de deudas de cotizaciones.  En la carta de cobranza en cuestión, se vulnera la prohibición de efectuar referencias a los efectos o consecuencias que pudieran acarrear el eventual ejercicio de acciones judicial ni de la posible incorporación a una empresa administradora de datos DICOM, que se dedica a la comercialización de datos personales, como son los protestos y morosidades en el sistema financiero.

Y es que agrega que lo cierto es que el sólo hecho que la comunicación consigne el logo de DICOM, supone que dicha empresa tiene acceso a los datos comerciales y que tiene la posibilidad real de incorporar tales antecedentes a su base de datos.  Si bien la carta, independiente si se trata de afiliados o no afiliados, no refiere que la deuda va a ser registrada en DICOM, el sólo hecho que se indique su logo, posibilita que el destinatario presuma fundadamente que su deuda quede en dicho registro y así lo hicieron saber los múltiples reclamos recibidos en la Institución informante.

De esa forma, concluyó la Corte de Santiago manifestando que lo actuado por la Superintendencia se ajusta a las facultades conferidas por la ley, pues en la Circular IF/N° 1 de 2005, se establecen una serie de prohibiciones  que tienen por objeto descartar y prevenir la inducción que pudieren sufrir, en este caso, los destinatarios (afiliados o no a la Isapre) de incorporarse eventualmente al registro público de deudores morosos como se conoce a DICOM, con las consecuencias que se conocen en el ámbito laboral, financiero y social.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones de Santiago.

  

 

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