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A tercer trámite.

Senado despacha iniciativa que moderniza legislación laboral.

Aprobada la iniciativa con las modificaciones referidas, quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados.

11 de marzo de 2016

En el marco de la discusión del proyecto de ley que moderniza la actual legislación laboral, la Sala del Senado despachó en particular el proyecto que introduce modificaciones en el Código del Trabajo. De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados.

En la oportunidad, los senadores discutieron y votaron las propuestas que hizo la Comisión de Trabajo y Previsión Social respecto a las normas sobre titularidad sindical que es considerado uno de los temas centrales del proyecto, pues reconoce al sindicato como el sujeto principal de negociación colectiva, prohibiendo la existencia de los grupos negociadores en las empresas donde existen sindicatos, las que fueron aprobadas con 22 votos a favor y 14 en contra.

En cuanto a la extensión de beneficios, por 19 votos a favor y 14 en contra, la Sala respaldó el artículo 289, en virtud del cual se considera una práctica desleal otorgar los beneficios fruto de la negociación que realiza un sindicato con el empleador, a los trabajadores no afiliados a este cuerpo colectivo.

Respecto del artículo 347, que establece: "Derecho a huelga. La huelga es un derecho que debe ser ejercido colectivamente por los trabajadores. Se prohíbe el reemplazo de los trabajadores en huelga. La huelga no afectará la libertad de trabajo de los trabajadores no involucrados en ella, ni la ejecución de las funciones convenidas en sus contratos de trabajo", fue aprobado por 22 votos a favor, 1 en contra y 13 abstenciones.

Asimismo, fue votada la letra "d" del artículo 405 sobre prácticas desleales del empleador: adecuaciones necesarias, último término que generó diversas posturas ante la opinión pública y el propio parlamento y que finalmente fue aprobado por 29 votos a favor y 1 en contra.

En cuanto a los artículos 359 de servicios mínimos y equipos de emergencia y 360 sobre calificaciones de los servicios mínimos y de los equipos de emergencia se alcanzó una aprobación de 17 votos a favor y 10 abstenciones y para el artículo 360 bis referente a la conformación de los equipos de emergencia se pronunciaron a favor 15 senadores, 2 en contra y 10 abstenciones.

De otro lado, la Sala del Senado rechazó los tres artículos (362, 363 y 364) referidos a la negociación de los sindicatos interempresas.

Y finalmente se aprobó por 16 votos a favor y 9 en contra el inciso final del artículo 306 que regula materias de negociación colectiva, en específico respecto a las empresas subcontratistas. Allí se establece que no se afectará  las facultades de administración de la empresa principal, y por 20 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención se respaldó la disposición del artículo 365 que establece un procedimiento especial de negociación para los trabajadores por obra y faena fijando en 12 meses el plazo de dicha obra.

Aprobada la iniciativa con las modificaciones referidas, quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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