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En tercer trámite.

Cámara votará iniciativa que regula generación de residuos y desechos.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada en tercer trámite constitucional por la Cámara de Diputados.

18 de marzo de 2016

En días recientes, el Senado finalizó la votación del proyecto de ley que promueve la cultura del reciclaje en el país.

Durante el debate, fueron aprobadas –unánimemente- todas las enmiendas y disposiciones que requerían de quórum para su despacho. Asimismo, fueron aprobadas –con mayoría- aquellas normas que decían relación con la adecuada regulación de la autorización que se establece tanto para el importador como exportador de residuos para su revalorización, entre otras materias.

Así, el proyecto contiene, entre otros, los siguientes aspectos: establece un marco general para la gestión de los residuos en el país, basado en la prevención y valorización de los desechos, esto es que todos aquellos productos residuales respecto de los cuales es posible recuperar uno o varios de los materiales que lo componen o el poder calorífico de los mismos, deberán necesariamente ser destinado a tal fin evitando su eliminación; las obligaciones para prevenir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización serán establecidas o exigidas de manera progresiva, atendiendo a la cantidad y peligrosidad de los residuos, las tecnologías disponibles, el impacto económico y social y la situación geográfica, entre otros; los productores prioritarios estarán obligados: a) inscribirse en el registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes que llevará el Ministerio del Medio Ambiente; b) organizar y financiar la recolección de los residuos de los productos prioritarios en todo el territorio nacional, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento; c) cumplir con las metas y otras obligaciones asociadas, en los plazos, proporción y condiciones establecidas en los decretos supremos que dicte el Ministerio del Medio Ambiente, y d) asegurar que la gestión de los residuos de los productos prioritarios se realice por gestores autorizados y registrados; Enumera los productos prioritarios a los cuales se les aplica la responsabilidad extendida del productor (REP): aceites lubricantes; aparatos eléctricos y electrónicos (celulares, ampolletas, monitores, hornos microondas, refrigeradores, etc.); envases y embalajes (de vidrio, plástico, papel, cartón, metal y madera); neumáticos; pilas y baterías; para asegurar la debida transparencia del funcionamiento de la REP, se establece la obligación de incorporar cierta información relevante al Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), lo que permitirá que la autoridad conozca quiénes son los obligados; que la ciudadanía pueda verificar si un productor determinado está o no registrado y, en consecuencia sometido a la REP; regula el régimen de fiscalización del cumplimiento de las normas del presente proyecto de ley, estableciendo las infracciones y sanciones aplicables a su inobservancia, para todo lo cual será competente la Superintendencia del Medio Ambiente.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada en tercer trámite constitucional por la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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