Noticias

En favor de funcionarios públicos.

Analizan iniciativa que establece procedimiento para pago de subsidios por incapacidad laboral.

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, inició el estudio del proyecto de ley que propone la modificación de diversas leyes.

31 de marzo de 2016

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, inició el estudio del proyecto de ley que propone la modificación de diversas leyes con el objeto de establecer un procedimiento de pago de los subsidios por incapacidad laboral correspondientes a funcionarios públicos.

Al efecto, los autores de la iniciativa sostuvieron que nuestra legislación prescribe que los afiliados de las instituciones de salud previsional que hagan uso de licencia médica por enfermedad que no sea del trabajo o accidente, que no sea laboral, tienen derecho a un subsidio que reemplaza las remuneraciones de los trabajadores por el periodo de reposo. Agregaron que dicho beneficio es financiado por los afiliados con sus cotizaciones de salud y debe ser pagado a estos por las citadas entidades.

Enseguida, adujeron que, con respecto a los funcionarios y trabajadores de los servicios públicos, municipalidades y corporaciones empleadoras, la legislación indica que durante la vigencia de las licencias médicas que se otorguen a los funcionarios, estos seguirán gozando del total de sus remuneraciones y ordena que los servicios de salud, las instituciones de salud previsional y las cajas de compensación de asignación familiar, paguen a los respectivos empleadores para efectos que estos obtengan el reembolso de los costos de mantener el total de las remuneraciones de los funcionarios públicos durante el período cubierto por la licencia médica, pero solo una vez que se haya ingresado la presentación de cobro respectivo.

Por las razones expuestas, la iniciativa propone obligar a quienes deben pagar los subsidios de los trabajadores del sector público y que cuentan con toda la información necesaria para ello, a cumplir su obligación efectuando transferencias directas a las cuentas corrientes de las entidades públicas empleadoras.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

RELACIONADO

* CGR se pronuncia sobre procedencia del pago de subsidios por licencia maternal y permiso postnatal…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *