Diario Constitucional

Derechos Humanos.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre aplicación del Código Procesal Penal.

La gestión pendiente incide en proceso sobre violación a derechos humanos por el delito de homicidio, seguido ante los Ministros de fuero doña Eliana Quezada Muñoz y don Julio Miranda Lillo.

Por Redacción·19 de abril de 2016·2 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre aplicación del Código Procesal Penal.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 483 del Código Procesal Penal.

El precepto legal impugnado dispone lo siguiente: “Aplicación de las disposiciones del Código. Las disposiciones de este Código sólo se aplicarán a los hechos acaecidos con posterioridad a su entrada en vigencia”.

La gestión pendiente incide en proceso sobre violación a derechos humanos por el delito de homicidio, seguido ante los Ministros de fuero doña Eliana Quezada Muñoz y don Julio Miranda Lillo, de la Corte de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recursos de casación en la forma y en el fondo.

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