Diario Constitucional

Al domicilio del afiliado.

Moción propone que Isapres informen sobre excedentes mediante carta certificada.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·27 de abril de 2016·2 min de lectura
Moción propone que Isapres informen sobre excedentes mediante carta certificada.
Referencial

La moción del diputado Tarud expone durante esta última década las leyes previsionales de salud han sufrido varias modificaciones con la finalidad de igualar las relaciones entre las instituciones de salud y los particulares.

Observa luego que dentro de las diversas regulaciones destaca lo dispuesto en el artículo 188 del D.F.L. Nº 1 del año 2006, que establece que los excedentes serán de propiedad del afiliado, inembargables e incrementando una cuenta corriente individual que la Institución deberá abrir a favor del afiliado, señalando que cualquier estipulación en contrario se tendrá por no escrita, siendo la citada norma un gran avance en materia de previsión toda vez que con anterioridad a dicha norma los Institutos de Salud se apropiaban de dichos dineros, mediante cláusulas abusivas en sus contratos que los cotizantes estaban obligados a suscribir.

Asimismo, el autor de la iniciativa recuerda que el nuevo marco regulatorio ordena a dichas instituciones el deber de comunicar la liquidación de los excesos al propio afiliado, para que éste último tenga pleno conocimiento de los dineros que tiene en su cuenta corriente individual, estableciendo que la liquidación deberá ser puesta en conocimiento del afiliado con a lo menos tres meses de anticipación al cumplimiento de la anualidad, o bien en un plazo máximo de 30 días contado desde el término del contrato.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.