Hay voto en contra.
Corte de Concepción rechazó nulidad laboral contra empresa constructora e inmobiliaria.
El recurso de nulidad deducido por el demandante, se fundó en la causal prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo.

Se dedujo recurso de nulidad laboral, por la parte demandante, en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, que rechazó en todas sus partes una demanda de despido injustificado deducida en contra de Constructora e Inmobiliaria MGM Limitada y de ESSBIO S.A.
El recurso de nulidad deducido por el demandante, se fundó en la causal prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el referido recurso, por cuanto consideró en esencia que, conforme al mérito de los antecedentes, puede concluirse que, en este caso, ha existido una contratación por obra o faena, pues las cláusulas del contrato y la ejecución del mismo dan cuenta de funciones que no necesariamente determinan su transitoriedad o duración limitada en el tiempo.
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