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Temporal y parcial.

Segundo Tribunal Ambiental decretó clausura del sector de pozos de extracción de agua de Minera.

Cabe recordar que que en marzo de este año, la SMA sancionó a Compañía Minera Maricunga (CMM), con la clausura definitiva de los pozos de extracción de agua.

23 de mayo de 2016

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, autorizó la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para decretar, por 25 días, la medida urgente y transitoria de clausura temporal y parcial del sector de pozos de extracción de agua de Compañía Minera Maricunga, en la precordillera de la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

Al efecto, cabe recordar que que en marzo de este año, la SMA sancionó a Compañía Minera Maricunga (CMM), con la clausura definitiva de los pozos de extracción de agua, tras determinar que la acción de la faena minera –de extracción de oro- llevó al desecado de al menos 70 hectáreas de humedales en el corredor biológico Pantanillo- Ciénaga Redonda. Sanción que fue reclamada por la minera a través de un recurso de reposición.

De esta manera, el Ministro Sebastián Valdés, precisó que durante los 25 días de vigencia de la medida provisional, la SMA podrá resolver el recurso de reposición, “teniendo a la vista los antecedentes solicitados a CMM que deben ser entregados al ente fiscalizador a más tardar el día 27 de mayo de 2016”.

Finalmente, se expresa que la actual medida sometida a consideración del Tribunal Ambiental, es diferente a la autorizada en abril recién pasado, ya que en esta ocasión la SMA solicita una clausura parcial y no total de dichos pozos, permitiendo a la minera la extracción de agua, en un caudal con el cual podrá “i) asegurar la recirculación de solución en pilas de lixiviación; ii) disponer de un caudal medio diario mínimo para suministrar agua fresca para los trabajadores que deben permanecer en la faena para las labores preventivas; iii) permitir una serie de otros usos de carácter preventivo; y iv) no deberá paralizar completamente la extracción del recurso”.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol S-36-2016.

 

 

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