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No existe norma que obligue a audiencia previa.

Candidatos que sean ratificados o propuestos en el Congreso Nacional serían entrevistados en Comisión de cada Corporación.

La moción establece que el Senado y la Cámara de Diputados establecerán en sus respectivos reglamentos las comisiones que recibirán, en una o más audiencias, a aquellas personas que han sido propuestas para cargos en que, una o ambas Cámaras, participan en su proceso de nombramiento.

30 de mayo de 2016

Un grupo de legisladores, encabezados por el Presidente de la Cámara, diputado Andrade, y por los diputados Boric, Bellolio, Cariola, Cicardini y Fernández, presentaron una moción que obliga a recibir en las comisiones de ambas Cámaras a candidatos a cargos en cuyo nombramiento les corresponda intervenir.
En proyecto de ley, derivado a la Comisión de Constitución para su estudio, los legisladores resaltaron que, pese a la participación de ambas Cámaras en la designación de un conjunto de relevantes autoridades, no existe en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional norma alguna que obligue a efectuar una audiencia previa, para escuchar el testimonio de los candidatos a servir tales cargos, antes de proceder a su nombramiento.
Los diputados explicaron que, si bien el Senado suele recibir a los candidatos antes de ratificar su nombramiento, en una sesión de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, ello no siempre sucede. Ejemplificaron, que "sin ir más lejos, los candidatos a desempeñarse como ministros del Tribunal Constitucional suelen ser designados sin mayor debate".
En cuanto a la Cámara de Diputados, señalaron que,  en lo relativo a la designación de ministros del Tribunal Constitucional y de miembros del Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos, "no existe la costumbre de escuchar a los candidatos a tales cargos, en forma previa a su nominación, ni menos existe norma alguna en el Reglamento de esta Corporación".
Por estas razones, los legisladores buscan modificar la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional estableciendo que "el Senado y la Cámara de Diputados establecerán en sus respectivos reglamentos las comisiones que recibirán, en una o más audiencias, a aquellas personas que han sido propuestas para cargos en que, una o ambas Cámaras, participan en su proceso de nombramiento".
En esta línea, en el proyecto está explícito también que, en la audiencia, los integrantes de cada Comisión podrán requerir información sobre los antecedentes académicos o profesionales del candidato, sobre su idoneidad para el cargo al que ha sido propuesto y respecto de la existencia de eventuales conflictos de interés que pudieran afectarles.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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