Se recurrió de nulidad.
Tribunal Laboral acogió demanda por despido indirecto deducida por profesor.
La demandada dedujo recurso de nulidad contra la referida sentencia y corresponderá ahora que sea resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó una acción de tutela de derechos fundamentales, sin embargo acogió la demanda de despido indirecto y cobro de prestaciones laborales deducida –por parte de un profesor- en contra de la Sociedad Educacional Edutec Ltda.
Al efecto, adujo el Tribunal Laboral en su sentencia que, de la prueba antes analizada, en especial la documental y testimonial apreciadas de conformidad a las reglas de la sana crítica, no permiten tener por acreditados ninguna de los hechos en que se funda la denuncia de tutela de derechos fundamentales que estén dentro de los plazos para ser consideradas en la acción de tutela, en efecto no se acreditaron malos tratos hacia el demandante, ni actos de hostigamiento o de discriminación que permitan establecer los supuestos de la acción deducida.
En cuanto a la acción por despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, el Tribunal Laboral expuso en el fallo que, que se encuentra establecido, por ser un hecho no controvertido que existía una relación laboral entre el demandante y la demandada, desempeñándose como profesor en instalaciones del colegio Alma Mater, la que se inició el 1 de marzo de 2007 y que concluyó el 28 de julio de 2015 por despido indirecto.
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