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Apreciación de hechos.

CGR se pronuncia sobre sumario administrativo que sanciona expulsión de funcionario.

Se sostiene que dicha determinación debe realizarse por la autoridad que sustancia y por quien lo instruye.

6 de junio de 2016

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, por parte de un funcionario de la Policía de Investigaciones, respecto de la apreciación de los hechos que sirvieron de fundamento para decretar su separación, dentro del procedimiento sumario.

Sostiene que dicha determinación debe realizarse por la autoridad que sustancia y por quien lo instruye, de acuerdo al dictamen N° 77.254, de 2013, de la Contraloría, entre otros. Asimismo, señala que los hechos imputados son imprecisos, lo cual vulnera el debido proceso y la posibilidad de una defensa adecuada.

La CGR, y teniendo en cuenta que la infracción imputada no tiene como sanción la expulsión de la institución, recuerda lo precisado en el dictamen N° 92.129, de 2015, que un empleado de esa institución policial sólo puede ser castigado por conductas que el decreto N° 40, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Disciplina, considere faltas, entre las que no se contempla el hecho ya señalado.

Por lo anterior, corresponde que la superioridad pertinente de la Policía de Investigaciones de Chile, ordene la reapertura del sumario administrativo de que se trata, con la finalidad de que se realice una nueva ponderación de los sucesos que motivaron la aplicación de la sanción

Finalmente, la Contraloría recuerda que, respecto de las solicitudes de información denegada y concernientes a la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado corresponde la acción de amparo ante el Consejo para la Transparencia y no al órgano contralor.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 39666.

 

 

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