Noticias

En fallo dividido.

CS condena al fisco a pagar indemnización por homicidio de funcionario de FMI en 1973.

Segunda Sala del máximo Tribunal ordena pagar $100 millones a cada uno de los demandantes: cónyuge, hijos y hermano, cuyo homicidio se produjo en un operativo militar realizado en el sector de la Remodelación San Borja.

10 de junio de 2016

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de casación y condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $400.000.000 a la cónyuge, hijos y hermanos del ejecutado político Ricardo Montecinos Slaughter.
La sentencia del máximo Tribunal, que acogió el recurso de casación en contra de sentencia dictada por la Corte de Santiago, el 15 de septiembre de 2015, sostiene “que dada la especial naturaleza del ilícito cometido, lo que surge de los hechos de que da cuenta la causa, no controvertidos por el demandado, aparece que ellos, que son el fundamento a la demanda, constituyen un crimen de lesa humanidad y, por ende, una violación grave a las normas internacionales sobre Derechos Humanos, por lo que resulta improcedente declarar la prescripción de la acción indemnizatoria ejercida".
El fallo de la Corte Suprema agrega que “en esta clase de delitos, en que la acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la acción civil que de ellos deriva esté sujeta a las normas sobre prescripción establecidas en la ley civil interna, ya que ello contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, integrante del ordenamiento jurídico nacional por disposición del inciso segundo del artículo 5º de la Carta Fundamental, la que consagra el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de todos los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, e incluso por el propio derecho interno, que en virtud de la Ley N° 19.123 reconoció de manera explícita la innegable existencia de los daños y concedió también a los familiares de las víctimas calificadas como detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, por violación a los derechos humanos en el período 1973-1990, reconocidos por los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, beneficios de carácter económico o pecuniario. Por consiguiente, cualquier pretendida diferenciación entre ambas acciones y otorgarles un tratamiento desigual es discriminatoria y no permite al ordenamiento jurídico guardar la coherencia y unidad que se le reclama".
La sentencia ordena pagar $100.000.000, a cada uno de los demandantes: María Undurraga (cónyuge), Marco Montecinos Undurraga, Christian Montecinos Undurraga (hijos), y Marcelo Montecinos Slaughter (hermano).
Decisión adoptada con el voto en contra del abogado integrante Lagos, quien fue del parecer de confirmar el fallo de primer grado.
El escrito señala que Ricardo Montecinos Slaugther, funcionario del Fondo Monetario Internacional (FMI) fue sacado por efectivos militares de su departamento, ubicado en la remodelación San Borja, el 17 de octubre de 1973, y ejecutado en el lugar.
El 6 de enero de 2014, la Corte Suprema confirmó la pena de 10 años de presidio para Gerardo Urrich González, Juan Ramón Fernández Berardi y René Cardemil Figueroa, como coautores de los delitos del homicidio de Ricardo Montecinos Slaugter, Carlos Adler Zulueta, Beatriz Elena Díaz Agüero, Víctor Alejandro Garretón Romero, Jorge Salas Paradisi y Julio Saa Pizarro todos ejecutados en el denominado "Episodio Torres de San Borja".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

RELACIONADO
*CS dicta sentencias en cuatro causas de derechos humanos.

 

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *