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Jueces con mayor facultad.

Control de armas: se diferencia rango de penas entre delincuentes y usos con fines deportivos o caza.

Moción impulsada por senadores se hará cargo de las diversas realidades que existen en las regiones del país, donde la caza o el uso deportivo es más extendido que en la capital.

22 de junio de 2016

Durante la discusión del texto legal de la Ley 20.813 que modificó los delitos de porte, tenencia o posesión de armas sujetas a control y endureció las penas, se confirmaron algunas de las aprensiones surgidas en cuanto a que no se acogió adecuadamente una distinción legal para quienes usan armas con fines deportivos o de caza, especialmente en las regiones o sectores rurales del país.
Por ello, los  senadores Tuma, Araya,  Espina y Harboe presentaron una moción que otorga a los jueces mayores facultades para poder hacer uso del criterio de presunción respecto si las armas serían o no ocupadas para delinquir.
Esto luego de un estudio por parte de la Comisión de Defensa Nacional que arroja casos de regiones del país, donde personas han debido cumplir penas de cárcel por el solo hecho de haber usado un arma prestada no inscrita o haber aceptado un arma como prenda de empeño.
"Advertimos en su momento, que no era conveniente establecer una disposición tan drástica que no distingue a cazadores o deportistas que usan un arma para el ejercicio libre de quienes las usan para cometer delitos", señaló el senador Baldo Prokurica, presidente de la instancia.
El legislador detalló que la ley suprimió los incisos 2° de los tipos penales antes contemplados en el art. 9° (tenencia o posesión de armas ilegales) y 11° (porte ilegal), que prescribían que "si de los antecedentes o circunstancias del proceso pudiera presumirse fundadamente que la posesión o tenencia  de las armas o elementos a que se refiere el inciso anterior estaba destinada a fines distintos que los de alterar el orden público, atacar a las Fuerzas Armadas o a las de Orden y Seguridad Pública o perpetrar otros delitos, se aplicará únicamente la multa de once a cincuenta y siete unidades tributarias mensuales"
"Esta era una disposición de salida que le permitía al juez aplicar el criterio y establecer si el arma en cuestión iba a ser usada para cometer un delito o atentar contra el orden público, o bien se trataba de un arma inscrita debidamente, pero cuyo periodo expiró", dijo el senador.
El legislador explicó que “ahora son los propios jueces que reclaman porque hay personas en la ruralidad que han debido cumplir penas de cárcel debido a la rigidez de la legislación. No podemos hacer leyes pensando al estilo del centro de Santiago.  El uso de armas para el control de plagas o para el deporte no es lo mismo que para cometer delitos".
La Comisión de Defensa ya escuchó al Director General de Movilización y también invitará a representantes de Carabineros e Investigaciones.

 

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