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Art. 19 Nº 10 de la CPR.

Moción exige Licencia de Enseñanza Media a candidatos al cargo de alcalde y concejal.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.

30 de junio de 2016

La moción de los senadores Chahuán y Prokurica, expone que la Ley N° 20.742, estableció que los candidatos a concejales deben haber aprobado la enseñanza media o su equivalente, requisito que regirá a contar de las elecciones que verificarán en el año 2020.

Observa luego que, de conformidad a la normativa actualmente vigente, para estas elecciones municipales, los concejales deberán solo saber leer y escribir.

Sin embargo, los autores de la iniciativa arguyen que la exigencia para los candidatos a concejales, que regirá para la elección municipal del año 2020, es de mayor entidad que la se exigirá para ser candidato a alcalde, lo que no se condice con la importancia de este cargo, que de acuerdo al artículo 56 de la LOC de Municipalidades constituye la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponde su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.

Por lo antes expuesto, y considerando lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, esto es, que la educación básica y media son obligatorias, el proyecto de ley propone modificar la LOC Nº 18.695 de Municipalidades, estableciendo que tanto para los candidatos al cargo de alcalde como de concejal, debe exigírseles contar con la Licencia de Enseñanza Media.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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