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Con ocho votos a favor y dos en contra.

Fiscalía Nacional Económica podrá querellarse en casos de colusión.

Asimismo, el organismo estará obligado a explicar los casos en que no presente querella.

5 de julio de 2016

Con ocho votos a favor y dos en contra, la Comisión Mixta aprobó la norma que establece que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) será el único ente que deberá iniciar acciones penales en casos en los que se produzca colusión, y deberá hacerlo obligatoriamente cuando atenten gravemente la libre competencia. Asimismo, el organismo estará obligado a explicar los casos en que no presente querella. 
El senador Araya explicó que "se ha optado porque en primer lugar actúen las autoridades de carácter administrativo, que sea la Fiscalía Nacional Económica la que realice la primera investigación. Si determina que estos hechos son graves llevará ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que es el organismo especializado en determinar si se atenta o no contra la libre competencia y si existe o no un cartel, antes de que opere la acción penal, porque justamente lo que se busca es desbaratar carteles…lo que hace este proyecto es reforzar las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica para perseguir actos contra la libre competencia".

Por su parte, el senador Larraín precisó que "llegamos a un acuerdo en donde le dejamos la responsabilidad de la iniciativa penal al Fiscal Nacional Económico, pero en el entendido que estará obligado a hacerlo, toda vez que los delitos en contra la de la libre competencia, sean muy graves y se le da un plazo para que ejerza esta acción. Con esto se garantiza que en esa situación va a haber persecución penal y no se va a ver afectado a la delación compensada porque si se afecta ésta, no va a haber posibilidad alguna de descubrir, detectar y poder sancionar a los casos de colusión que se desarrollan en nuestra legislación".
En tanto, el senador De Urresti indicó que "hemos apoyado la propuesta que hizo el gobierno. Esto equilibra muy bien las herramientas que tiene la Fiscalía Nacional Económica para perseguir los carteles y con las facultades que se tienen posteriormente por parte del Ministerio Público para iniciar las acciones penales y condenar penalmente a quienes se coluden".
Por último, el senador Espina explicó su voto en contra señalando que "yo era partidario que el Ministerio Público, una vez que había condena por colusión pudiera deducir la acción penal, para lo cual en el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia debía establecerse si existía o no una grave afectación a la libre competencia. Yo creo que el Ministerio Público debía tener el derecho a querellarse en ese caso y que no me parecía correcto inhibirle ese derecho y por eso voté en contra".

 

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