En fallo unánime.
3er Tribunal Ambiental condenó a Municipalidad de Puerto Natales a reparar daño ambiental por vertedero.
En su sentencia, el Tribunal señaló que “el principal efecto de las bolsas plásticas es su desmenuzamiento y, por ende, su mayor dispersabilidad, el consumo por parte de la fauna local y la generación de microplásticos”.

En fallo unánime, el Tercer Tribunal Ambiental, de la ciudad de Valdivia, condenó a la Municipalidad de Puerto Natales, a reparar el daño ambiental causado por vertedero municipal.
Cabe recordar que dos particulares demandaron a la municipalidad por operar el sitio al margen de las normas que regulan este tipo de actividad, ya que han debido soportar “la voladura de bolsas plásticas, malos olores, plagas y animales, en una zona que es de destino agrícola”.
Luego de la revisión de pruebas, el Tribunal determinó la existencia de daño ambiental e identificó a la municipalidad como la culpable de dicho daño, indicando que “producto de las reiteradas infracciones al DS N° 189/2005, se deducen actuaciones que omiten el cumplimiento cabal de los deberes normativos como además, la ejecución de acciones en la disposición de los residuos que se han generado al margen de la legalidad vigente, lo que en el plano de la responsabilidad implica a lo menos una acción atribuible a la negligencia o a la ausencia del cuidado debido. Ello se refuerza, toda vez que la Municipalidad ejerce esta actividad desde 1997, fecha de la cual consta la autorización decretada por Resolución N° 45 de la autoridad sanitaria de la época”.
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