Noticias

Con disidencia.

CS acoge nulidad y ordena nuevo juicio por infracciones en procedimiento policial.

La decisión se adoptó con los votos en contra del Ministro Fuentes y del abogado integrante Rodríguez, quienes estuvieron por rechazar el recurso.

15 de julio de 2016

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió recurso de nulidad y ordenó al Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago la realización de un nuevo juicio en causa por tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades, por el procedimiento irregular de la policía al ingresar a una vivienda sin orden judicial de entrada y registro.

En su sentencia, se indica que la situación sobre la cual declaran los policías a propósito de la aparente venta inicial, les conminaba a la detención, supuesto de estar ante la comisión de un delito flagrante, como ordena el artículo 129 del Código Procesal Penal. Sin embargo, ello no sucedió, sino que se gestó una investigación discrecional por parte de Carabineros, consistente en una vigilancia al inmueble a efectos de "mantener la flagrancia", y a organizar un ingreso y registro a la propiedad apoyados por personal del GOPE, lo que ocurre una hora y veinte minutos después de la supuesta venta, todo ello sin informar al fiscal de turno como correspondía a fin de que, si lo estimaba necesario, recabara del juez de garantía la correspondiente orden judicial de entrada y registro, en la forma que le ordena el artículo 84 del Código Procesal Penal.

Y es que, descartado el ingreso al inmueble tras un delito flagrante y para el solo efecto de detener al acusado -artículo 129- o ante signos evidentes de la comisión de un delito -artículo 206-, las actuaciones llevadas a cabo por la policía sin comunicar al fiscal y ante la falta de control jurisdiccional, revelan inequívocamente un atropello a las normas legales que orientan el proceder policial, como asimismo a las garantías y derechos que el recurrente considera amagados y que la Constitución Política reconoce y garantiza, ilegalidad que debió ser constatada en su momento por el juez de garantía o bien salvada en el tribunal oral, nada de lo cual aconteció.

De esa forma, expone el máximo Tribunal que el proceder ilegal de los funcionarios policiales afectó a las restantes actuaciones en que ellos intervinieron y las diligencias que realizaron sin amparo legal, lo que trajo como resultado el hallazgo de droga.

Así, conforme a lo anterior, la sentencia concluye acogiendo el recurso de nulidad deducido y, en consecuencia, ordenó anular la sentencia de quince de mayo del año en curso pronunciada en la causa Ruc N° 1501123891-k, Rit 199-2016, del Sexto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago, invalidando asimismo el juicio oral que le sirvió de antecedente.

La decisión se adoptó con los votos en contra del Ministro Fuentes y del abogado integrante Rodríguez, quienes estuvieron por rechazar el recurso.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

 

RELACIONADO

* CS acoge recurso de nulidad y ordena nuevo juicio por infracciones en procedimiento policial…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *