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En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge recurso de protección por cierre de cuentas corrientes de moteles.

Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por los administradores de la cadena, por considerar que la decisión unilateral de cerrar las cuentas bancarias fue ilegal y arbitrario.

29 de julio de 2016

En fallo unánime, la Corte de Santiago acogió el recurso de protección presentado por la Explotadora de Hoteles Norte S.A. y Cozumel S.A., por el cierre injustificado de dos cuentas corrientes del Banco BBVA Chile.
La resolución de la Corte capitalina sostuvo "que, el fundamento informado por la recurrida para justificar la medida adoptada en perjuicio del cuenta correntista, esto es, la facultad que otorga el contrato de proceder al término unilateral del mismo resulta ser arbitrario, vale decir, desprovisto de un fundamento racional, más aún, cuando, según manifiesta el recurrente de protección en su alegato antes esta sala, este cierre se habría producido por el giro comercial que mantiene referido a negocios de "moteles", lo cual en el caso de resultar verosímil, no alcanza a constituir un motivo suficiente para justificar la decisión tomada por el banco, más aún, cuando esta circunstancia necesariamente tiene que ser conocida por la recurrida al momento de la apertura de la cuenta corriente".
La resolución de la Corte de Santiago agregó que "el motivo antes expuesto resulta suficiente para demostrar la arbitrariedad e ilegalidad cometida por el señalado banco, más aún, cuando a la vigencia de la relación contractual con el recurrente se le ha puesto término sin explicitar un motivo determinado lo cual evidentemente constituye una desproporción en la relación jurídica existente entre las partes lo que esta Corte necesariamente debe remediar por la vía del presente recurso que afectan las garantías constitucionales que se señalan como infringidas".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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