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Igualdad ante la ley.

CS acoge protección de alumna contra Universidad que dilató sumario por acoso laboral y sexual.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió de recurso de protección; decisión confirmada unánimemente por la Corte Suprema.

2 de agosto de 2016

Se dedujo acción de protección –por parte de una particular- en contra de la Universidad de Chile.
La recurrente estimó vulnerada el derecho a la igualdad ante la ley, garantizado en el numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Al efecto, expuso la actora en su libelo que, en el mes de abril del año 2011, ingresó a cursar un post grado en neurología en el Hospital Barros Luco Trudeau, correspondiente a un programa de formación de especialista en neurología con una duración de tres años, el que debía finalizar el 31 de marzo de 2014.
Enseguida, argumentó que, durante el desarrollo del curso el profesor, Jefe Subrogante del Servicio de Neurología, mutó su comportamiento desde un acoso sexual en su contra a un acoso u hostigamiento laboral el que tuvo su punto cúlmine en el examen práctico que rindió con fechas 23 al 25 de junio de 2014 y desde el 4 al 6 de agosto del mismo año 2014, los que fueron realizados bajo procedimientos y evaluaciones muy dudosas por los facultativos a quienes correspondió calificarla.
Luego, señaló la recurrente que, tanto del acoso sexual como de aquél de índole laboral, dio cuenta a las autoridades de la Universidad en el mes de junio del año 2014, iniciándose una investigación sumaria que luego varió a un sumario administrativo para investigar tales hechos, sumario que aún se encuentra pendiente a la fecha de interposición del recurso de autos, lo que la perjudica sobremanera pues, la Comisión Coordinadora de Programas de Formación de Especialista, en su sesión del 20 de noviembre del 2014, en forma excepcional la autorizó para rendir por tercera oportunidad el examen práctico con una comisión mixta y un veedor externo, debiendo solicitar hora de examen después de resuelta la investigación sumaria, lo que no ha podido hacer por encontrarse aún en tramitación el antes citado sumario administrativo.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió de recurso de protección; decisión confirmada unánimemente por la Corte Suprema.
En su sentencia, se adujo que, conforme lo antes razonado y habiéndose acreditado que la recurrida ha incurrido en un atraso injustificado en la sustanciación del sumario administrativo iniciado por las denuncias de acoso sexual y laboral interpuestas por la actora, situación que le ha impedido solicitar hora para rendir el examen práctico del Programa de Especialización de Neurología Adultos, tal obrar resulta ser ilegal y arbitrario, habiéndose además vulnerado, respecto de aquélla la garantía fundamental de la igualdad ante la ley, lo que ha hecho procedente que el recurso incoado sea acogido, sólo en cuando la recurrida deberá fijar, previa solicitud de la actora, día y hora para recibir el examen final que ella debe rendir en el Programa de Especialización de Neurología Adultos.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°8109-2016.

 

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