Con voto en contra.
CS confirmó sentencia y rechaza protección contra Registro Civil por desestimar solicitud de posesión efectiva.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Pierry y Valderrama, quienes estuvieron por revocar el fallo en alzada.

La Corte Suprema conoció del recurso de apelación interpuesto en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción de protección deducido por una particular en contra de la Directora Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de Valparaíso, por desestimar la solicitud de posesión efectiva de la herencia intestada de su hermana, por no haber sido reconocida esta última como hija natural de su madre.
Al efecto, la recurrente sostiene que se ha incurrido en una ilegalidad y arbitrariedad, toda vez que en la partida de nacimiento correspondiente consta expresamente que la progenitora de la causante solicitó que constara su nombre en tal calidad, bastando tal circunstancia para tener por establecida la filiación.
En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que, lo anteriormente expuesto, fue controvertido por la institución recurrida, ya que asevera que el hecho que la madre de la actora haya pedido dejar constancia de su nombre en la inscripción de nacimiento de la hermana de esta última, “sólo produce como efecto la constitución de su estado civil, no siendo posible extender los efectos de esta inscripción, con el objeto de constituir, mediante ella, filiación entre el inscrito y su progenitora y, como consecuencia de ello, establecer un vínculo de filiación que lo una a la causante”.
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