102 votos a favor y una abstención.
Diputados aprobaron aplicación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre.
La Convención CITES es un acuerdo internacional que han firmado 182 países, que tiene por objeto velar que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia.

La Cámara de Diputados aprobó, con 102 votos a favor y una abstención, las enmiendas introducidas por el Senado a un proyecto de ley que permite la aplicación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES).
Cabe recordar que la Convención fue aprobada por decreto en el caso chileno en enero de 1975 y establece controles para el comercio internacional de especímenes de determinadas especies. En el Apéndice I se incluyen todas las especies en peligro de extinción y el comercio de ellas se autoriza solamente bajo circunstancias excepcionales; el Apéndice II contiene especies que no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, pero cuyo comercio debe controlarse a fin de evitar una utilización incompatible con su supervivencia; y el Apéndice III registra las especies que están protegidas al menos en un país, el cual ha solicitado la asistencia de otras Partes en la CITES para controlar su comercio.
Por su parte, la iniciativa aprobada por la Cámara, con enmiendas del Senado, recibió precisiones respecto de las facultades de las autoridades administrativas, en el ámbito de sus respectivas competencias para actuar frente a delitos en este ámbito. Por ejemplo: incautar animales que sean objeto de comercio internacional.




