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Limita beneficios penales.

Moción aumenta pena asignada al delito de almacenamiento de pornografía infantil.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

16 de agosto de 2016

La moción de los senadores Goic, Matta y Walker, expone que la Ley Nº 19.927, que modificó el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código Procesal Penal, en materias de delitos de Pornografía Infantil, tipificó la adquisición y el almacenamiento de pornografía infantil, fundamentándose esencialmente en que quienes poseen pornografía infantil, son parte de la cadena criminal que destruye la dignidad de los niños y promueve su utilización en prácticas sexualmente abusivas y dañinas.

Observa luego que se ha constatado en la persecución de los delitos de producción y almacenamiento de pornografía infantil, que no obstante haberse encontrado grandes cantidades de videos y material pornográfico infantil a los imputados, los respectivos jueces de garantía han otorgado la libertad después de la formalización y han decretado medidas cautelares tales como arraigo nacional, firma periódica ante la autoridad, y/o prohibición de acercarse a ciertos lugares específicos.

Al efecto, los autores de la iniciativa arguyen que dichas cautelares resultan insuficientes para garantizar el éxito de las investigaciones, atendida la especial naturaleza de la comisión de los delitos, donde generalmente se trata de verdaderas asociaciones ilícitas, motivo por el cual resulta esencial evitar que los imputados se comuniquen con el resto de la organización, a fin de lograr el desbaratamiento de estos grupos.

Así, la propuesta legal sostiene que el aumento de la pena asignada para el delito de almacenamiento de material pornográfico infantil, limitará la posibilidad de los imputados y/ condenados por estos ilícitos para la obtención de libertad provisional, beneficios alternativos al cumplimiento de las condenas y suspensión condicional del procedimiento.

Por las razones expuestas, y con el objeto de proteger al niño o niña contra todas las formas de explotación y abusos sexuales, de conformidad a los dispuesto en el Convenio de La Haya sobre Protección de los Niños y la Conferencia Internacional de lucha contra la Pornografía Infantil en Internet, el proyecto de ley propone modificar el artículo 374 del Código Penal, aumentando la pena asignada al delito de almacenamiento de pornografía infantil.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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