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Derechos Humanos.

Corte IDH celebrará audiencias privadas para supervisar cumplimiento de sentencias.

Cabe recordar que a la Corte IDH pueden solicitar audiencias privadas tanto los peticionarios como el Estado

31 de agosto de 2016

El 2 de septiembre de 2016 se realizarán dos audiencias privadas de supervisión de cumplimiento de las Sentencias del Caso Radilla Pacheco y del Caso Cabrera García y Montiel Flores, ambos en contra de México.

Cabe recordar que a la Corte IDH pueden solicitar audiencias privadas tanto los peticionarios como el Estado. Tal pedido puede ser planteado incluso en el momento de iniciarse la audiencia, ya que el reglamento no expresa el plazo en que deba solicitarse. Cuando una audiencia es privada, no hay transmisión por Internet, ni grabación de audio o video disponible, ni se permite el ingreso de público o prensa.

En esta ocasión, la Corte IDH revisará el cumplimiento de los siguientes aspectos: (a) La obligación de investigar las violaciones cometidas contra las víctimas, en particular: los alegados actos de tortura perpetrados por militares en contra de los señores Cabrera y Montiel y la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla; (b) La búsqueda del paradero o restos mortales del señor Rosendo Radilla; (c) El mejoramiento del registro de detención y su funcionamiento; (d) La reforma al artículo del Código Penal Federal que tipifica la desaparición forzada de personas, y (e) Terminar de reformar la norma del Código de Justicia Militar relativa a la competencia de los tribunales penales militares, de manera que solo juzguen delitos o faltas (cometidos por militares activos) que por su naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar.

 

 

Conozca mayores antecedentes.

 

 

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