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En forma unánime.

CS revoca sentencia y rechaza protección contra Universidad que habría exigido experiencia laboral para rendir examen de grado.

El fallo concluye sosteniendo que el egresado por el cual se recurrió podrá en cualquier tiempo pedir hora y presentarse al respectivo examen de licenciatura.

14 de septiembre de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que, en su oportunidad, acogió el recurso de protección deducido por un egresado de la carrera de Derecho en contra de la Universidad Academia Humanismo Cristiano, que habría exigido como requisito para rendir su examen de grado, "el tener que Acreditar experiencia laboral ante la Universidad como lo señala el Acta 192 (de la Excelentísima Corte Suprema) y Firmar un documento donde certifica que está en conocimiento del Acta 192 y que por los años trascurridos no puede optar al juramento de abogado". (Véase relacionado)

En su sentencia, el máximo Tribunal expuso, en síntesis, que, con el mérito de los antecedentes aportados por las partes, en especial lo informado por la Universidad Academia Humanismo Cristiano, es posible colegir que la recurrida no ha negado al presunto afectado el solicitar un día y hora para rendir su examen de grado, sino sólo se le ha exigido cumplir y acreditar que se ha impuesto de las exigencias normativas contenidas en el Acta Nº 192/2015, que sin lugar a dudas, han de aplicarse a todos los interesados en obtener el título de abogado, especialmente para aquellos que han estado sujetos a convalidaciones, cuyo es el caso del recurrente.

En consecuencia, el fallo concluye sosteniendo que el egresado por el cual se recurrió podrá en cualquier tiempo pedir hora y presentarse al respectivo examen de licenciatura; sin embargo, tanto para ello como para luego acceder al título de abogado, surge como necesario que conozca y cumpla con la normativa vigente, la que comprende desde luego aquella dictada por esta Corte conforme a las facultades administrativas, disciplinarias y económicas que le incumben a este Máximo Tribunal por mandato legal y constitucional.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de primera y segunda instancia.

 

 

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