Noticias

En fallo unánime.

Corte de Santiago condenó a chofer y a empresa de buses a indemnizar a víctima de atropello en Quilicura.

La sentencia confirmó en todas sus partes el fallo, dictado por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad extracontractual de la empresa operadora por las lesiones provocadas a la víctima.

27 de septiembre de 2016

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la sentencia recurrida que condenó a la empresa operadora del Transantiago Buses Vule S.A. y a conductor a pagar solidariamente una indemnización de $20.000.000 a peatón arrollado en Quilicura.
Cabe señalar, que Rafael Ricardo Torres Pichuante, se encontraba el 24 de enero de 2013, en calle Manuel Antonio Matta, de la comuna de Quilicura, cuando el bus conducido por Mauricio Alejandro Muñoz Tuninetti, se subió a la vereda y lo atropelló.
La sentencia de primera instancia sostuvo que "la responsabilidad extracontractual o aquiliana responde a la idea de la producción de un daño a otra persona por haber transgredido el genérico deber de abstenerse de un comportamiento lesivo a los demás. En la especie, la causa del daño experimentado por el demandante se atribuye a la conducta culposa de don Mauricio Alejandro Muñoz Tuninetti en la conducción del bus de locomoción colectiva de propiedad de la demandada Buses Vule S.A., en relación de causalidad, en cuanto éste no empleó la diligencia suficiente en el manejo del referido vehículo que, a su vez, motivó que el demandante fuera atropellado y lanzado varios metros, causándole las lesiones".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

 

RELACIONADO
*Corte de Santiago revoca sentencia y ordena al Fisco pagar indemnización por atropello a joven por parte de vehículo policial…

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *