Ley de Protección de Datos.
Agencia Española de Protección de Datos sancionó a Google por vulnerar derecho al olvido.
La AEPD estimó que el buscador obvia la ley cuando informa a los medios de comunicación de los contenidos que Google desindexa.

En días recientes, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sancionó a Google por violar la Ley de Protección de Datos en los procedimientos para cumplir con el llamado "derecho al olvido".
En su resolución, la AEPD estimó que el buscador obvia la ley cuando informa a los medios de comunicación de los contenidos que Google desindexa a petición de usuarios que hayan podido ver vulnerado su derecho a la intimidad por la publicación de alguno de sus datos personales. Agrega que al proporcionar la información, éstos pueden inferir en la identidad de los demandantes a partir de los datos facilitados por Google.
A juicio de la Presidenta de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información y Miembro de la Junta Ejecutiva del International Press Institute, Virginia Pérez Alonso, el caso antes descrito representa una colisión de dos derechos fundamentales: el derecho constitucional a emitir y recibir información veraz -que asiste tanto a la prensa, como a Google y a cualquier ciudadano- y el derecho a la protección de datos personales, y por tanto a la privacidad y a la intimidad; posicionando el segundo derecho por encima del primero, cuando de lo que se trata es de ponderar ambos sin que pueda llegarse al extremo de amordazar a Google (o a cualquier otro actor) y, de manera indirecta, a los medios de comunicación, privando a los ciudadanos del derecho a estar informados.
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