No existe protección efectiva.
Proponen cuerpo normativo que proteja patrimonio cultural de pueblos o comunidades indígenas.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.

La moción de los senadores Girardi, Horvath, Lagos, Tuma y Von Baer, expone que la protección del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas data de 1925 con el Decreto Supremo N°3.500 y el Decreto de Ley 651, creando el Consejo de Monumentos Nacional.
Observa luego que la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales y que deroga el citado D.L. 652, tiene como importancia el reconocimiento, respeto y protección de nuestros pueblos indígenas, en un contexto de expansión industrial y cambios culturales.
Sin embargo, los autores de la iniciativa señalan que la aludida ley de Monumentos constituye una norma frágil para la protección efectiva de este patrimonio particular, considerando a su vez que otorga la propiedad al Estado, y no reconoce el derecho sobre el patrimonio a las comunidades y pueblos indígenas, tampoco garantiza la administración, conservación y disposición de estos bienes según las prácticas tradicionales y derecho consuetudinario.
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