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Afectaría lugar de oración.

Segundo Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación de Monasterio de Carmelitas contra proyecto “Central Hidroeléctrica El Canelo de San José de Maipo”.

Corresponde ahora que, una vez notificada la resolución, la parte reclamada informe dentro del plazo de 10 días.

9 de noviembre de 2016

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, admitió a trámite la reclamación deducido por el Monasterio de Carmelitas Descalzas del Amor Misericordioso y de la Virgen del Carmen, en contra de la resolución del Comité de Ministros, que declaró inadmisible su recurso de reposición respecto de la resolución del mismo Comité de Ministros que revocó una resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Metropolitano que rechazaba la Resolución de Calificación Ambienta (RCA) solicitada por la empresa Manejo Forestal Energía Coyanco S.A. del proyecto “Central Hidroeléctrica El Canelo de San José de Maipo”.

Al respecto, la recurrente recuerda haber iniciado el procedimiento de invalidación administrativa, mediante una solicitud de invalidación presentada el 12 de junio de 2015. Añade, que se encuentra directamente afectada por el proyecto en cuestión, debido a que el canal de aducción de aguas que el proyecto contempla pretende abarcar aproximadamente 120 metros de longitud por 25 metros de ancho y que se encuentra en una franja del inmueble donde se encuentra el “Vía Crucis” y un extremo el Santuario de la Virgen del Carmen, lugares de oración destinados al culto divino, sometida a la clausura papal, destinadas en su exclusividad a las monjas del Monasterio.

Asimismo, sostiene que la construcción del proyecto altera significativamente el sistema de vida de la comunidad religiosa que habita en este monasterio, dado que me han elegido dedicar su vida a la contemplación y la oración en un lugar que fue escogido especialmente por su silencio y privacidad.

Por último, indica que la instalación de este acueducto, aunque sea subterráneo, corta el terreno del Monasterio impidiendo utilizar 3 mil metros cuadrados del mismo, alterando la esencia de la vida en la clausura papal de este monasterio. Así, la construcción del proyecto supone que un importante número de trabajadores transite por las cercanías del monasterio, rompiendo fuertemente el régimen de privacidad, soledad y silencio del lugar, requeridos para las actividades en él realizadas por las religiosas.

Corresponde ahora que, una vez notificada la resolución, la parte reclamada informe dentro del plazo de 10 días.

 

 

Vea texto íntegro del expediente R-129-2016.

 

 

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