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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordenó a supermercado pagar multa e indemnización por robo de especies desde vehículo estacionado en local.

El Tribunal de alzada acogió la acción judicial presentada por Rosa Marchant Guzmán, quien sufrió el robo en los estacionamientos del local Jumbo de Maipú.

29 de noviembre de 2016

En fallo unánime, la Corte de Santiago condenó a una cadena de supermercados Jumbo a pagar una multa de 50 UTM y una indemnización de $1.103.027 a clienta que sufrió el robo de especies desde su vehículo, estacionado en local ubicado en Avenida Américo Vespucio 1001, de Maipú.
La sentencia del Tribunal de alzada sostuvo que "no resulta procedente estimar que el estacionamiento que integra el establecimiento comercial, sea un espacio desvinculado de su giro o actividad ya que constituye un elemento de decisión de su clientela, para concurrir a adquirir sus productos o servicios, por la comodidad que ello importa, de forma tal que se trata de un servicio complementario de la oferta para que los consumidores concurran al supermercado que opera directamente en beneficio económico del proveedor".
La resolución de la Corte capitalina agregó que "el hecho que el uso del estacionamiento sea gratuito, no desvirtúa la relación que existe entre las partes al tenor de la normativa de la ley 19.469 y cabe recordar que su instalación es una exigencia impuesta por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones contenida en el DS 47 de 1992, que obliga a que todo edificio comercial debe tener una dotación mínima de estacionamientos de manera que no se está en presencia de una facultad de los proveedores de la que pueda prescindir sino que constituye una obligación impuesta por la ley".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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