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Modifica ley sobre protección de los derechos del consumidor.

Senadores solicitan regular el volumen de las franjas publicitarias en televisión.

Se asegura que las razones de este aumento de volumen responden a “estrategias comunicacionales variadas, como por ejemplo se utiliza para captar la atención de las personas que se alejan de los aparatos de televisión durante las tandas comerciales”.

7 de diciembre de 2016

En condiciones de ser visto por los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones quedó el proyecto que regula el volumen de la publicidad emitida por los servicios de televisión, con lo cual se modifica la ley sobre protección de los derechos del consumidor.
La norma en primer trámite tiene por objeto que “los proveedores de toda comunicación promocional o publicitaria transmitida por televisión velen porque el nivel sonoro de las mismas, no sea superior al nivel medio del programa inmediatamente anterior".
La moción señala que "la experiencia de los espectadores de televisión cuando se encuentran visualizando algún programa y el canal interrumpe su transmisión para emitir una "tanda comercial" puede ser negativa debido a que los canales suelen incrementar hasta en un tercio el volumen de sus transmisiones durante la publicidad, generando molestias para la mayoría de los televidentes".
Además, continúa, "esta práctica puede resultar lesiva para la salud del aparato auditivo de las personas que utilizan dispositivos auriculares cuando visualizan productos audiovisuales".
El senador Navarro sostuvo que “los canales suelen incrementar hasta en un tercio el volumen de sus transmisiones durante la publicidad, generando molestias para la mayoría de los televidentes”.
En la moción se asegura que las razones de este aumento de volumen responden a “estrategias comunicacionales variadas, como por ejemplo se utiliza para captar la atención de las personas que se alejan de los aparatos de televisión durante las tandas comerciales, o bien, puede deberse a que a través del sonido se busque activar la psique de determinada manera. Conocido es que la música es un potente catalizador de emociones”.
El senador Navarro señala que en  España y España esta situación ha sido regulada con el objeto de prohibir el aumento de volumen durante la emisión de la publicidad comercial.
En España, especifica la moción, "las instituciones han venido preocupándose de este tema y haciendo recomendaciones al respecto, pero fue en 2010, con la puesta en marcha de la Ley General de Comunicación Audiovisual, cuando se intentaron frenar de pleno este tipo de conductas". De hecho, el artículo 14.2 del texto establece que "el nivel sonoro de los mensajes publicitarios no puede ser superior al nivel medio del programa anterior".
Los estadounidenses, por su parte, trataron de poner límites a través de la ley CALM, establecida en diciembre de 2012. La llamada ley de mitigación del volumen de la publicidad comercial (Commercial Advertisement Loudness Mitigation Act) establece una normativa para televisión, pero, curiosamente, no para radio e Internet.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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