Diario Constitucional

Con disidencia parcial.

TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma sobre giro doloso de cheques que afectaría principio de legalidad.

La gestión pendiente incide en los autos sobre giro doloso de cheques, de que conoce el sexto Juzgado de Garantía de Santiago.

Por Redacción·23 de diciembre de 2016·7 min de lectura
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma sobre giro doloso de cheques que afectaría principio de legalidad.
Referencial

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 22°, incisos primero, tercero, cuarto y séptimo del Decreto con Fuerza de Ley N° 707 de 1982, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques.

La gestión pendiente incide en los autos sobre giro doloso de cheques, de que conoce el sexto Juzgado de Garantía de Santiago.

En su sentencia, y sobre la pretendida infracción al principio de legalidad penal, expone la Magistratura Constitucional que resulta inconcuso que la tipificación de la conducta contenida en el precepto reprochado no es fruto de una decisión adoptada por el Ejecutivo previa delegación de facultades legislativas por parte del Congreso Nacional, como tampoco lo fue la decisión de imponer una pena a quien incurra en ella. Aquello es obra del Poder Legislativo, según se ha demostrado.

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