Diario Constitucional

Primera sala.

TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugna normas que regulan retiro del personal de Fuerzas Armadas en caso que discute baja de funcionario por enfermedad.

La gestión pendiente invocada recae en un recurso de protección seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por Redacción·24 de diciembre de 2016·1 min de lectura
TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugna normas que regulan retiro del personal de Fuerzas Armadas en caso que discute baja de funcionario por enfermedad.
Referencial

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 53, letra a), 54, letra a), 55, 56, letra a), 57, letra a) y 57, Ter, a) de la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de la Fuerzas Armadas, y los artículos 231, 232, 234 y 237 del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.

Los preceptos en cuestión regulan las causales para determinar el retiro temporal, absoluto, así como también la procedencia del retiro absoluto. También prescriben la forma en que deben darse las prestaciones de salud, específicamente las licencias médicas y los accidentes ocurridos en actos de servicios y las enfermedades profesionales derivados de estos, y los sumarios que se ordenen para la determinación de la procedencia de otorgarse o no los beneficios.

La gestión pendiente invocada recae en un recurso de protección seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

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