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No subsanó defectos.

CPLT declaró inadmisible amparo de acceso a la información en contra del SERVEL.

El CPLT expone en síntesis que la recurrente no acompañó documento alguno a su reclamación.

25 de diciembre de 2016

Se dedujo acción de amparo de acceso a la información pública en contra del Servicio Electoral (SERVEL), por la negativa de entregar información relativa a copias de certificados de residencia de diputados.

En su decisión, el CPLT expone en síntesis que la recurrente no acompañó documento alguno a su reclamación, por lo que se dispuso solicitar a la parte reclamante subsanar su amparo, acompañando copia de su solicitud de información, con su respectivo timbre o comprobante de ingreso, constando que a la fecha no había subsanado los defectos de su presentación.

De ese modo, conforme a lo anterior, el CPLT concluye declarando la inadmisibilidad del amparo de acceso a la información presentado en autos.

 

 

Vea texto íntegro de la Decisión C3323-16.

 

 

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