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Falta de servicio.

Juzgado Civil de Antofagasta condenó a Hospital Regional pagar indemnización a padres de mortinato extraviado.

El fallo establece el pago de una indemnización por concepto de daño emergente de $250.000; por daño moral de $5.000.000 a Kattia Bazalar Cruz, y $2.500.000 por daño moral a Luis Reyes Becerra.

12 de enero de 2017

El Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta condenó al Hospital Regional a pagar una indemnización por falta de servicio a Kattia Bazalar Cruz y Luis Reyes Becerra, padres de mortinato de 22 semanas de gestación, cuyos restos fueron extraviados en el recinto hospitalario, en agosto de 2013.
La sentencia del Juzgado sostiene que “el demandando no pudo acreditar la eliminación de residuos hospitalarios y en específicamente del mortinato, a través de los protocolos propios del Hospital Regional, ya que dichos protocolos a la fecha en que ocurrieron los hechos descritos, no existían, por lo que no existe registro alguno del manejo de estos residuos en especial desde el 07 al 30 de agosto del año 2013, incumpliendo de esta forma el Reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud (REAS)”.
A continuación el fallo del Juzgado señala que "habiendo solicitado la demandante el retiro de los restos del mortinato "N.N. Reyes Bazalar" dentro de las 72 horas desde ocurrido el parto, y no habiendo cumplido el demandado Hospital Regional de Antofagasta, con su deber de mantenerlo en dichas dependencias, como tampoco acreditó que contaba a esa época con un procedimiento claro de manejo de residuos hospitalarios se puede colegir que ha incurrido en una actividad imputable, constitutiva de falta de servicio".
Enseguida la resolución añade que “se logró acreditar que la demandante doña Kattia Bazalar Cruz, celebró con la empresa Funerales Castillo E.I.R.L, un Contrato por Adquisición de Servicios Fúnebres por la suma de $250.000.-, por lo que se accederá al daño emergente solicitado únicamente respecto de doña Kattia Bazalar Cruz, ya que la prueba documental rendida determina que fue ella quien contrató los servicios”.
La sentencia del Juzgado Civil de Antofagasta agrega que “atendida la naturaleza del daño moral, si bien solo puede ser inferido, nada impide que pueda presumirse judicialmente. En el caso de autos, y en virtud de la prueba allegada al proceso, se logró determinar que el Hospital Regional de Antofagasta, extravió los restos del mortinato "N.N Reyes Bazalar", aun cuando su madre manifestó posteriormente al aborto espontáneo  su deseo de retirar los restos, lo cual consta en el documento Evolución de Enfermería y además se encontraba debidamente rotulada la caja donde presuntamente se encontraban los restos".

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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