Diario Constitucional

No es donativo oficial o protocolar.

CGR ordena a Ministro de Relaciones Exteriores restituir reloj de lujo regalado por Embajador de Emiratos Árabes.

El referido regalo no puede considerarse como un donativo oficial o protocolar, ni tampoco cabe dentro de aquellos que autoriza la costumbre.

Por Redacción·25 de enero de 2017·2 min de lectura
CGR ordena a Ministro de Relaciones Exteriores restituir reloj de lujo regalado por Embajador de Emiratos Árabes.
Referencial

Se solicitó la Contraloría General de la República –por parte del Ministro de Relaciones Exteriores- un pronunciamiento sobre el sentido y alcance de lo dispuesto en el número 5 del artículo 62 de la ley N° 18.575, en lo relativo a la aceptación de donativos oficiales y protocolares y aquellos que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación.

Lo anterior, toda vez que con ocasión de la pasada Navidad, el Embajador de Emiratos Árabes Unidos le envió como regalo un reloj marca Longines, de alto valor comercial.

Al efecto, el dictamen expone que el artículo 62 de la anotada ley describe las conductas que contravienen especialmente el principio de probidad administrativa.

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