Primera sala.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que establece acción indemnizatoria en favor de ciertos terceros en procedimiento de expropiación.
La gestión pendiente incide en los autos sobre acción indemnizatoria, en procedimiento incidental, conocida por el 5° Juzgado Civil de Valparaíso.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso final del artículo 20 del Decreto Ley Nº 2.186, que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones.
La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento, por cuanto los antecedentes examinados permite concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declarara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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