Noticias

Luego de protesta en reclamo de endurecimiento de condiciones.

INDH y DPP presentan amparo ante la Corte de Santiago en favor de 66 internos de Colina II víctimas de supuesta violencia extrema.

Solicitan que Gendarmería entregue todos los registros audiovisuales de que se dispongan, las fichas de atención médica de los internos heridos, los protocolos de actuación de y que además el Servicio Médico Legal se constituya en el penal para constatar el estado de salud de los amparados.

15 de febrero de 2017

El Instituto Nacional de Derechos Humanos y la Defensoría Penal Pública presentaron un recurso de amparo ante la Corte de Santiago en favor de 66 internos del penal Colina II, los que el 1 de febrero pasado, de acuerdo a estos organismos, fueron víctimas de violencia desmedida durante allanamientos de Gendarmería de Chile, en respuesta a una protesta.
El INDH afirma que “los procedimientos fueron realizados por el Grupo Anti Disturbios de Gendarmería, cuyos integrantes habrían utilizado violencia extrema en contra de los internos del Módulo 4 y el Módulo 9, golpeándolos en forma desmedida en diferentes partes del cuerpo y destruyendo sus enseres personales”.
Según el relato de los internos, continúa el Instituto, “algunos se encontraban en sus celdas al momento de los allanamientos, fueron conducidos al patio y obligados a pasar por un “callejón oscuro” de alrededor de cuarenta funcionarios de Gendarmería, quienes los golpearon con armas, palos y fierros”.
El INDH agrega que “una vez reducidos y recostados en el patio siguieron siendo golpeados, a pesar de la crítica situación de algunos de ellos que se encontraban malheridos, sangrantes, incluso en estado de inconciencia y desmayo en algunos casos. Una de las personas golpeadas sufrió un desprendimiento de retina”.
A continuación relata que “en paralelo, mientras se producían estas violentas situaciones, algunos gendarmes destruían los enseres de los internos. Al mismo tiempo se realizaba un allanamiento similar en el Módulo 9 del penal, cuyas circunstancias se agravaron debido a la rotura de una piscina con agua que se mezcló con excrementos, tras lo cual los internos fueron obligados a posarse sobre este líquido”.
La actuación de Gendarmería habría sido provocada, explica el INDH, “por un motín impulsado por los privados de libertad en respuesta al endurecimiento de las condiciones de vida en el penal, que se traducen en restricciones al régimen de visitas, la eliminación de algunos camaros (espacios para intimidad conyugal), la imposición de un código de vestimenta más estricto (prohibición de uso de pantalones cortos), la prohibición de ingreso de materiales para el trabajo de los internos y la realización de allanamientos violentos en diversos módulos, entre otras medidas”.
El INDH y la Defensoría Penal Pública solicitan a través del recurso de amparo que Gendarmería informe respecto de lo sucedido y que además entregue toda la información necesaria para establecer las responsabilidades del caso, entre ellas todos los registros audiovisuales de que se dispongan, las fichas de atención médica de los internos heridos, los protocolos de actuación de gendarmería y que además el Servicio Médico Legal se constituya en el penal para constatar el estado de salud de los amparados.
El jefe de la Unidad Jurídica Judicial del INDH, Rodrigo Bustos, expresó que “buscamos que se proteja  a las víctimas para que no sean objeto de represalias por parte de Gendarmería, que se investiguen estos hechos tanto por Gendarmería como por los tribunales de justicia, y que se declare la ilegalidad de esta actuación para que este tipo de hechos –que pueden ser calificados como torturas o por lo menos como tratos crueles inhumanos o degradantes-  no vuelvan a ocurrir”.
Bustos añadió que “tenemos que tener en cuenta que las personas privadas de libertad tienen restringida su libertad ambulatoria, pero en ningún caso pueden ser objeto de golpes, de afectaciones a su integridad  física y síquica, de lesiones y de insultos, por lo tanto la actuación de Gendarmería se encontraría reñida con nuestra legislación interna y con los tratados internacionales suscritos por Chile”.

 

RELACIONADO
*CS acogió recursos de protección del INDH y ordenó garantizar derecho a sufragio de internos…

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *