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No existe interés público.

TS español confirma sentencia que condenó a periódico digital pagar indemnización por publicar audio íntegro de una conversación.

Cabe recordar que la grabación se obtuvo con un aparato de escucha camuflado y la conversación se desarrolló en un reservado privado del restaurante.

28 de febrero de 2017

El Tribunal Supremo español confirmó la condena a un periódico digital a indemnizar a Alicia Sánchez-Camacho –una política española– por publicar un audio íntegro de una conversación, desestimando así el recurso de casación interpuesto por Editorial de Periodistes S.L., contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 13ª) dictada en un juicio ordinario sobre protección del derecho el honor, la intimidad personal y la propia imagen, promovido por Alicia Sánchez-Camacho Pérez, con motivo de la publicación en el periódico digital “El Triangle” de un link que contenía el audio con la conversación que mantuvo con la ex pareja de un hijo de Jordi Pujol en un restaurante de Barcelona.

Cabe recordar que la grabación se obtuvo con un aparato de escucha camuflado y la conversación se desarrolló en un reservado privado del restaurante.

En su sentencia, el máximo Tribunal ibérico manifestó que la decisión adoptada por la Audiencia Provincial no contradice su propia doctrina jurisprudencial, porque si bien la obtención de información por grabación puede no ser ilegítima si resulta proporcionada al interés público de los derechos registrados, ya que no cabe descartar que mediante este procedimiento se descubran casos de corrupción política o económica al más alto nivel que deban ser conocidos y trasmitidos a la opinión pública con la contundencia inherente a la grabación de la voz, sin embargo, en el caso de marras, lo que podía ser de interés público por tratarse de casos de corrupción política o económica se encontraba ya publicado y no se trataba de la difusión de cortes sobre lo grabado con ese contenido, sino de la difusión del audio íntegro de la conversación, en la que afloraban cuestiones ceñidas al ámbito propio y personal que carecen de relevancia para el interés general y sobre las que no tiene prevalencia el derecho de información.

De esta manera, el fallo concluye condenando al medio de comunicación con el pago de una indemnización a favor de Alicia Sánchez-Camacho Pérez.

 

 

Vea el texto íntegro del comunicado.

 

 

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