Segunda sala.
Ingresó al TC requerimiento que impugna normas de Auto Acordado que reasigna Ministro en Visita en proceso por violación a los Derechos Humanos.
La gestión invocada incide en autos de derechos humanos sobre homicidio calificado, conocido por un Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Chillán.

Se solicitó declarar inconstitucional el auto acordado de la Corte Suprema de 30 de enero de 2017, mediante el cual se reasigna el conocimiento de la causa penal al Ministro instructor de la Corte de Apelaciones de Concepción.
La gestión invocada incide en autos de derechos humanos sobre homicidio calificado, conocido por un Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Chillán.
El requirente estima que las disposiciones del Auto Acordado infringen el artículo 19 N° 3, toda vez que se vulnera el derecho al juez natural, específicamente en lo referente a que mediante un auto acordado se modifica el tribunal competente para conocer de una causa, por cuanto el principio de ejecución del hecho que se investiga es distinto del que dispone la norma emanada de la potestad administrativa. Esto derivaría, agrega el libelo, en que será juzgado por una comisión especial, lo que sería manifiestamente contrario a lo prescrito por la Constitución Política.
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