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Caso lleva casi diez años.

En España Compañías Aseguradoras indemnizan a padres de menor afectado por una parálisis cerebral por eventual negligencia médica.

Cabe hacer presente que con la indemnización de las aseguradoras no se ha cerrado el caso. Respecto de la doctora y la matrona aún no se dicta sentencia.

28 de marzo de 2017

Recientemente en España las Aseguradoras Mapfre, Berkley Insurance y Marketform (Lloyd´s) acordaron indemnizar con 1.350.000 euros a padres de un menor de 9 años, quien sufre desde su nacimiento, en el Sanatorio Nuestra Señora del Rosario, una parálisis cerebral como consecuencia del sufrimiento fetal a que se vio sometido por no haber sido extraído del útero materno horas antes por una supuesta ausencia de asistencia médica por parte de la ginecóloga.

Cabe recordar que el acuerdo se llevó a cabo en la misma mañana en que se iban a exponer las conclusiones del juicio oral, en el Juzgado de lo Penal de Madrid, celebrado los días previos contra la ginecóloga, la matrona, como responsables tanto civiles como penales, y el Sanatorio Nuestra Señora del Rosario, como responsable civil.

Cabe recordar, que el fallo llega casi diez años después de sucedidos los hechos, el 27 de marzo de 2007, y dentro de un procedimiento rico en contratiempos, como lo demuestra el hecho de que la Fiscalía solicitara su archivo en dos ocasiones, lo que motivó que la Audiencia Provincial ordenara que continuara la instrucción.

El abogado de los padres, Gómez Chaparro, solicitó una pena de prisión de 3 años y 4 años de inhabilitación tanto para la ginecóloga como para la matrona, aduciendo que ambas son responsables de una acción negligente y de imprudencia grave que tuvo como consecuencia la grave enfermedad del menor, de la que nunca podrá recuperarse.

Agregó asimismo que lo sucedido se pudo haber evitado si la ginecóloga y la comadrona hubieran cumplido con su obligación y hubieran extraído al bebé al primer aviso de que algo iba mal, es decir, a las 13.40, según lo establecen los protocolos y la Lex Artis.

Por su parte, las aseguradoras afirmaron que el desembolso no supone el reconocimiento de la culpa de que Álvaro hoy sea un niño que no puede hablar, andar, comer solo o moverse. Sin embargo, el letrado de los padres asegura: “Este acuerdo sienta un reconocimiento de culpa evidente.

Por último, cabe hacer presente que con la indemnización de las aseguradoras no se ha cerrado el caso. Respecto de la doctora y la matrona aún no se dicta sentencia.

 

 

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