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En fallo dividido.

CS acoge recurso de protección y ordena a empresa desarrolladora de páginas Facebook devolver claves de acceso.

El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la empresa que argumentó un supuesto incumplimiento del contrato suscrito por las partes para el desarrollo y administración de las páginas comerciales.

29 de marzo de 2017

La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la desarrolladora de páginas de Facebook Agencia Online Limitada (con nombre de fantasía MaadChile), entregar las claves de acceso a las cuentas institucionales de empresa de Consultorías Comerciales Andrea Vega Méndez E.I.R.L. (Baby Kids Store Chile y Chikitines).
El máximo Tribunal sostiene que "entendiendo que de base hay un problema con el cumplimiento que las partes dieron al contrato; no puede dejar de observarse que la actitud de la recurrida de impedir lisa y llanamente a la actora el acceso a sus distintas cuentas para continuar con su labor comercial, no sólo afecta su derecho de propiedad sobre las mismas sino que también se constituye en un acto de autotutela que repele a nuestro ordenamiento jurídico, el que provee de las instancias judiciales y administrativas para resolver los conflictos, según sea el caso, sin que sea aceptable que un contratante que ve afectado su derecho a recibir un pago por el servicio que presta, decida actuar en la forma que hizo la recurrida, impidiendo el acceso a las páginas de Facebook de la recurrente; máxime si se considera que ello no es una facultad que establezca el contrato para el caso de incumplimiento de una de las partes".
Enseguida, la resolución de la Corte Suprema agrega que "todas las discusiones en torno al contrato en particular y las facultades o atribuciones de las partes en relación al mismo, la propiedad de las páginas web o dominios creados por la recurrida deben plantearse en la instancia pertinente, pero lo cierto es que el reproche que efectúa la recurrente debe ser oído en esta sede ya que implica la afectación de derechos constitucionales protegidos por este amparo constitucional".
Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Correa.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Ilustrísima Corte de Santiago.

 

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