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En San Francisco de Mostazal.

Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de Saeta contra la SMA en el marco de procedimiento sancionatorio a planta de cerdos.

La sentencia del Tribunal concluye que la Administración ha actuado conforme a la normativa vigente al rechazar la solicitud de invalidación pues ésta no constituye la vía jurídicamente procedente para controvertir los cargos o su reformulación en el procedimiento sancionatorio ambiental.

31 de marzo de 2017

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Sociedad Agrícola El Tranque de Angostura Limitada (Saeta), contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a raiz del procedimiento sancionatorio al proyecto sistema de tratamiento de residuos en plantel de cerdos ubicado en San Francisco de Mostazal.
La sentencia del Tribunal concluye que “la Administración ha actuado conforme a la normativa vigente al rechazar la solicitud de invalidación pues ésta no constituye la vía jurídicamente procedente para controvertir los cargos o su reformulación en el procedimiento sancionatorio ambiental, razón por la cual la Resolución Exenta N° 694/2016 no incurrió en ilegalidad al haber rechazado la solicitud de invalidación, por lo que la reclamación será desestimada”.
Cabe señalar que Saeta llegó hasta el Segundo Tribunal Ambiental luego que la SMA resolviera no invalidar la resolución en que reformuló los cargos por diversos incumplimientos ambientales del proyecto. Para la empresa, el ente fiscalizador había dictado su resolución con infracción a las garantías del debido proceso, incurriendo en una serie de infracciones administrativas.
Al respecto, el Tribunal recordó que la Ley Orgánica de la SMA estipula que las resoluciones de cargos así como de las de reformulación de cargos, dentro del procedimiento sancionatorio, deben ser impugnadas mediante el escrito de descargos, en el cual el titular puede aportar todos los antecedentes necesarios para desvirtuar aquellas imputaciones que le fueron reformuladas e incluso solicitar medidas o diligencias probatorias.

 

Antecedentes

–     Saeta es titular del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos, Planteles de Cerdos”, ubicado en San Francisco de Mostazal, cuya Declaración de Impacto Ambiental (DIA) fue calificada favorablemente en 2006 por la Comisión Regional del Medio Ambiente de O’Higgins. (RCA N°23/2006).

–     9 de diciembre de 2013, la SMA inició el procedimiento sancionatorio contra Saeta por infracciones a la RCA de dicho proyecto. (Ord. U.I.P.S. N°1048/2013)

–     14 de enero de 2014, la empresa presentó el programa de cumplimiento, el cual fue rechazado.

–     21 de diciembre de 2015, la SMA reformuló cargos en contra de Saeta, por infracciones asociadas al programa de monitoreo, control de olores, el sistema de tratamiento y el plan de contingencia, entre otros hechos. (Res. Ex. N°1199/2015)

–     4 de enero de 2016, la empresa presentó un recurso de reposición contra la resolución sancionatoria.

–     20 de enero la SMA rechazó dicho recurso. (Res. Ex. N°108/2016)

–     1 de febrero de 2016, Saeta interpuso solicitud para invalidar la resolución sancionatoria.

–    29 de julio la SMA rechazó la solicitud de invalidación de la resolución sancionatoria. (Res. Ex. N° 694/2016)

–    23 de agosto de 2016, la empresa ingresó al Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución N°694/2016, que rechazó la solicitud de invalidar la resolución sancionatoria, N°1199/2015.

–     6 de septiembre de 2016, la Reclamación fue admitida a trámite con el Rol R-122-2016.

 

Vea expediente de la causa R-122-2016

 

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