Derecho a la vida privada y familiar.
TEDH falló en favor de transexuales a quienes el Estado francés condicionó inscripción de género previa esterilización.
Se consideró que eso suponía "condicionar el pleno ejercicio del respeto de la vida privada" a una renuncia a otro derecho, a la integridad física".

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) –por seis votos contra uno- falló a favor de dos transexuales franceses que demandaron a su país porque la justicia condicionaba el cambio de sexo en el registro civil a "la realización de una operación o tratamiento esterilizador que no deseaban".
En su sentencia, el Tribunal de Estrasburgo consideró que Francia vulneró el derecho a la vida privada y familiar de los dos denunciantes, de 58 y 64 años, respectivamente, que habían solicitado una modificación de identidad para ser declaradas mujeres y llamarse Émilie Garçon y Stéphanie Nicot, respectivamente.
Asimismo, en el fallo los magistrados europeos se opusieron al argumento dado por los tribunales franceses para rechazar las dos demandas, y que fue el mismo utilizado por el juez de Liechtenstein Carlo Ranzoni, para justificar su voto disidente.
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