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Acerca de las cuentas en redes sociales y su cierre por parte de los herederos.

En todos los casos, las diferentes redes sociales disponen de formularios digitales para tal fin.

20 de abril de 2017

Una reciente publicación, responde a la pregunta sobre qué pasa con nuestras cuentas de redes sociales si morimos.

Al efecto, se recomienda  dejar organizada nuestra muerte online y nombrar a aquella persona de confianza que gestionará o cerrará los perfiles cuando tú no estés.

En todos los casos, las diferentes redes sociales disponen de formularios digitales para tal fin, según se detalla a continuación.

 

En Facebook

En el caso de Facebook la nombra “solicitud especial para la cuenta de una persona fallecida” y comienza con este texto: “Usa este formulario para solicitar la eliminación de la cuenta de una persona fallecida o para solicitudes especiales de convertirla en conmemorativa. Te manifestamos nuestras condolencias y agradecemos tu paciencia y comprensión durante este proceso”.

Después debes ingresar el nombre completo del solicitante, el nombre de la persona fallecida y el correo que utilizó esta para crear su cuenta de Facebook, además de la dirección URL de la biografía concreta.

También pide la relación con el fallecido y hace la pregunta qué se quiere hacer con la cuenta. Uno puede escoger eliminarla, convertirla en un perfil conmemorativo para siempre o responder a un requerimiento especial no determinado.

A continuación se precisan tres documentos: los certificados de defunción y de nacimiento del fallecido y un comprobante de autoridad.

En Twitter

En Twitter se pone a disposición de la familia del fallecido un formulario para solicitar la eliminación de la cuenta de éste, para ello será necesario demostrar la muerte del usuario, al igual que en Facebook, con un certificado de defunción y una declaración jurada que certifique la relación con el fallecido.

También puede escogerse la opción b, es decir si la cuenta de un usuario se mantiene inactiva durante seis meses caduca automáticamente.

En Google

Por su parte, Google creó el servicio “Gestor de Cuentas Inactivas” que permite a los usuarios establecer un periodo tras el cual la compañía avisa o notifica a los contactos de confianza que ya no se utilizará la cuenta; podrá, incluso, borrarla tras ese periodo.

Google estudia cada petición y después de estudiarla decide si facilitar el acceso a la cuenta de correo solicitada para su eliminación.

Nuevamente, hay que presentar los documentos acreditativos del deceso.

En Instagram

En Instagram los familiares de la persona fallecida pueden solicitar mediante correo electrónico eliminar la cuenta.

En ese caso, el servicio de soporte de Instagram se pondrá en contacto con el solicitante para pedirle los documentos del fallecimiento, en línea con las otras redes sociales.

En Linkedin

En el caso de Linkedin los responsables disponen de un formulario on line en el que hay que rellenar el nombre de la persona fallecida, su cuenta en Linkedin, la fecha de la muerte, su dirección de correo electrónico, la relación que uno tiene con la persona, la empresa en la que trabajaba y el “link” al obituario, si existiera.
En YouTube

Como las anteriores, tiene un formulario con todos los requisitos anteriores para cumplir las formalidades establecidas.

Por lo tanto, si se opta por no hacer nada con los perfiles, estos permanecerán en la red social correspondiente, con excepción por ahora de Twitter que como dijimos borran las cuentas inactivas después de un  tiempo.

 

 

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