Desestimó recursos de casación.
TS de España confirmó condena de crítico taurino por lesiones al presidente de una asociación de banderilleros.
Se desestimó el resto de los alegatos del condenado, relativos a que habría actuado bajo el influjo de un miedo insuperable.

El Tribunal Supremo de España declaró inadmisibles los recursos de casación deducidos por el crítico taurino Vicente Z.S. y por el presidente de la Asociación Nacional de Picadores y Banderilleros de España, Fernando G.G., contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó al primero a un año y medio de cárcel por delito de lesiones con deformidad, con eximente incompleta de legítima defensa, sobre el segundo, al que deberá indemnizar con 18.000 euros.
Cabe recordar que la sentencia de la Audiencia Provincial declaró como hechos probados que, sobre las 16 horas del día 31 de diciembre de 2013, en un bar situado en la calle Echegaray de Madrid, se inició una discusión entre Fernando y Vicente. En su curso, Fernando situó su cara muy cerca y frente a la de Vicente y le propinó un golpe con la cabeza. Vicente levantó entonces las manos con la intención de evitar la continuación de la agresión, a la vez que golpeaba con una copa de cristal, que llevaba en la mano, en la parte izquierda de la cara, a Fernando, tras lo cual, ambos continuaron con agresiones mutuas.
Como consecuencia del golpe infligido con la copa, Fernando sufrió lesiones consistentes en herida incisa por cristal en región facial izquierda, afectando desde el párpado inferior hasta el labio superior; contusión frontal y periorbitaria izquierdas; y queratitis en ojo izquierdo, secundaria a erosión corneal. Como secuelas le quedaron una cicatriz hipercrómica o disestésica, que le causaba un perjuicio estético moderado.
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